La Asamblea Nacional aprobó este jueves (10 de diciembre del 2020) las reformas a la Ley Orgánica de Comunicación, donde se determina que la comunicación es un derecho humano y no un servicio público. La normativa logró una votación unánime de todos los legisladores.
“La comunicación es un derecho humano y aquello debemos entender en todos los sectores. Este mensaje debe llegar a los medios de comunicación, a los dueños, a los periodistas, a los líderes políticos y de opinión. Es un derecho de todos los que habitamos en este planeta”, señaló el asambleísta Lenin Plaza, de Alianza País.
Antes, la Ley, en el artículo 5, mencionaba que los medios “prestan el servicio público de comunicación masiva”, pero con las reformas, los asambleístas cambiaron esta frase por “ejercen la difusión masiva de contenidos comunicacionales”.
El asambleísta Jaime Olivo, presidente de la Comisión de Derechos Colectivos y ponente del proyecto, recordó que la antigua normativa implicaba que los servicios públicos son aquellos de decisión y control exclusiva del Estado.
Sin embargo, “la comunicación como actividad no se limita a la prestación del Estado y a su delegación, puesto que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, como todo derecho humano, no requiere de una delegación estatal”, ratificó Olivo.
También se cambió el artículo 44.1, que establece como sistema de comunicación social al conjunto articulado de organizaciones públicas, privadas y comunitarias que ejercen la difusión masiva de contenidos comunicacionales, en forma estable y periódica, a través de diferentes formatos.
Inicialmente, el Ejecutivo envió la propuesta de reformas a la Ley de Comunicación, pero los asambleístas modificaron algunos puntos, como la idea de regular las redes sociales, que fue eliminada. (I)
Fuente:www.lahora.com.ec