La extinción de la acción penal y la condena es el primer paso legal que se debe dar una vez que la Asamblea Nacional concedió la amnistía a 268 personas. Esa medida fue adoptada a las 04:00 de este jueves 10 de marzo del 2022 tras la sesión en el Pleno que contó al final con 99 votos afirmativos, 16 negativos y 10 abstenciones.
De los 268 beneficiarios, 60 pertenecen a casos que se judicializaron por las protestas de octubre del 2019 . Entre ellos se encuentran la prefecta de Pichincha Paola Pabón , el exasambleísta Virgilio Hernández y Christian Hernández, todos de la Revolución Ciudadana. También el presidente de la Conaie, Leonidas Iza y su extitular Jaime Vargas.
Los otros 153 corresponden a defensores de los territorios comunitarios, 12 por administración de justicia indígena y 43 defensores de la naturaleza en distintos casos.
¿Cuál es el trámite que se debe realizar para que se cumpla con esa disposición? Carlos Soria , abogado de Paola Pabón, espera que la Asamblea Nacional notifique la medida a través de copias certificadas al juez de garantías penales y de manera inmediata que se ejecute la extinción de la acción penal por amnistía y el levantamiento inmediato de las medidas cautelares con el archivo del proceso.
Con el levantamiento de las medidas cautelares –acotó Soria- se espera que el grillete electrónico le sea retirado a Pabón de forma inmediata. “Eso tiene que darse cuenta hoy, no puede estar un día más una persona con ese aparato, al extinguir la acción penal”.
De momento, Soria espera que el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad ( SNAI ) le quite el grillete a Pabón con orden de un juez.
Harold Burbano, experto en Derechos Humanos, manifestó que al extinguir la acción penal se termina el proceso legal en contra de quienes se benefician de la amnistía. Los abogados de los beneficiarios de la amnistía deben solicitar la extinción de la acción penal, lo cual se hace a través de un pedido ante la Fiscalía o tribunales, dependiendo de la etapa en la que se encuentre en el proceso. “Los jueces o fiscales están obligados a cumplir lo resuelto por la Legislatura. No hay ningún tipo de motivo para no hacerlo”.
Para el constitucionalista André Benavides, los efectos de la amnistía son que el delito deja de existir y ya no puede ser investigado o sancionado por la Función Judicial. Además, quienes tienen medidas cautelares o una sentencia en su contra deben ser liberados. “En el caso de un proceso abierto, este debe ser archivado. El grillete debe ser retirado una vez que se les notifica”.