Las reformas que derogan la inhabilidad especial por mora para garantizar el empleo de los servidores públicos del Ecuador tuvo el respaldo unánime (125 votos) del Pleno de la Asamblea Nacional. La propuesta de Ley irá en las próxima horas al Ejecutivo, para su sanción u objeción. Con esta normativa suman 16 las aprobadas de manera virtual, en la administración del presidente César Litardo Caicedo. El proyecto de reformas a la Ley de Servicio Público (Losep), que fue discutido sobre la base del informe elaborado por la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, plantea la no inhabilidad especial por mora, en ejercicio de funciones, ni como falta disciplinaria o causal de remoción de la servidora o del servidor público. Garantiza la estabilidad, al regular la inhabilidad por mora para el ingreso al servicio público cuando las personas se encuentren en mora con el Gobierno Nacional, Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), Servicio de Rentas Internas (SRI), Banco Central del Ecuador, instituciones financieras abiertas o cerradas pertenecientes al Estado, entidades de derecho privado financiadas con el cincuenta por ciento (50%) o más con recursos públicos; así como empresas públicas o, en general, con cualquier entidad u organismo del Estado. Se exceptúan de esta norma, los nombramientos expedidos o contratos celebrados a favor de personas que se encuentran en mora con entidades o empresas públicas o que administren recursos públicos si, previo a la obtención del nombramiento o contrato, se hace constar en la declaración patrimonial juramentada de inicio de gestión, el detalle de la deuda y del convenio o facilidades de pago suscrito entre el deudor y el acreedor. Con esta propuesta se soluciona un vacío legal, que no explica qué pasa cuando un funcionario público entra en mora con una entidad del Estado, estando en funciones, explicó la asambleísta Rina Campain, proponente y ponente de la reforma legal. Argumentó que la estabilidad laboral de los trabajadores se encuentra amenazada, ya que de manera injusta se viene despidiendo a los servidores públicos en funciones bajo la aplicación errónea de la figura “inhabilidad especial por mora” estipulada en el artículo 9 de la vigente Ley Orgánica del Servicio Público (Losep). Las personas que caen en mora están obligadas a pagar multas, intereses, costas judiciales, honorarios profesionales y en el caso de los servicios públicos están sujetos al corte del mismo. Obligaciones crediticias La presidenta de la Comisión de los Trabajadores, Karina Arteaga, recordó que, entre los efectos de la pandemia, la paralización de las actividades generadoras de ingresos económicos, hizo que haya una ostensible demora en el pago de las remuneraciones, al menos en el ámbito público. Es por ello, que, según la asambleísta, el servidor público que no tenía su sueldo a tiempo iba a quedar en mora en el cumplimiento de las obligaciones crediticias. Dijo que estas realidades obligan a tomar acciones que reivindiquen la vulneración de derechos de ex servidores públicos, que perdieron sus empleos por deudas irrisorias. Informó que la propuesta de Ley fue validada por expertos en la materia y trabajada de la mano con el órgano rector de la política laboral, se legitimó con las experiencias y el temor de los servidores públicos, que en plena crisis sanitaria derivada del covid-19, se encontraban sin remuneración y en mora de sus beneficios laborales, de ser notificados por incurrir en la inhabilidad especial por mora y perder sus empleos. Los cuatro legisladores que intervinieron, en este segundo debate, coincidieron que es una iniciativa positiva y oportuna, además solucionará el problema de estabilidad laboral de muchos servidores públicos que están siendo separados por una deuda que no representa en lo más mínimo una pérdida para el Estado. Adicionalmente, evitará que se cometan interpretaciones erróneas o abusos por parte de ciertas autoridades en perjuicio de los servidores públicos. De su lado, el parlamentario Eddy Peñafiel manifestó que se debe exigir el cumplimiento de los convenios de pago a los que cada funcionario pueda tener acceso. Durante la sesión se proyectó un video con testimonios de trabajadores despedidos por encontrarse impagos en planillas luz, así como deudores de BanEcuador y otras instituciones públicas, incluidos los GAD, entre otros. El referido proyecto de Ley contiene un artículo único que sustituye al artículo 9 de la Losep, además dos disposiciones transitorias, una derogatoria y su respectiva disposición final. (I)
jueves, noviembre 28
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