Entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, el Servicio de Rentas Internas (SRI) suspenderá su portal web (www.sri.gob.ec), su portal transaccional (SRI en línea) y sus trámites electrónicos en el portal Gob.ec, debido a un proceso de reingeniería ambiental, que implica la migración de sus bases de datos hacia un nuevo sistema informático. Como mitigación, la institución implementará algunas medidas para garantizar a los contribuyentes una adecuada atención en las ventanillas, así como la continuidad de la gestión institucional.
“El SRI ejecutará próximamente la migración de la base de datos institucional que consta actualmente en un aplicativo del año 2001 a un nuevo sistema tecnológico de vanguardia, todo ello a través de nuestro programa de mejoramiento”, sostuvo Marisol Andrade, directora general del SRI, a través de una rueda de prensa virtual.
El programa se desarrolla con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y se enfoca en la optimización de los diferentes procesos y sistemas de información institucional para gestionar, controlar y administrar los tributos y beneficios tributarios, con el propósito de lograr una mejor gestión e incrementar la recaudación a través de un mayor cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
Andrade comentó que esta migración constituye la reingeniería digital más relevante en la trayectoria institucional, dado que permitirá, entre otras cosas, asumir los retos derivados de la inclusión del país al Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de información con fines fiscales.
“Es un avance histórico porque permitirá ofrecer un servicio más ágil al contribuyente, tanto en la recepción como en la atención de sus trámites”, agregó Andrade.
A través del programa, el SRI ha habilitado de manera virtual, desde 2018, varios de los servicios más demandados, tales como inscripción, actualización o suspensión de RUC de personas naturales y sociedades; pago en línea de obligaciones tributarias; recuperación de clave; formularios prellenados para la declaración de IVA; Impuesto a la Renta; anexos, entre otros. (I)
Fuente:ww2.elmercurio.com.ec